Permisos temporales de 45 días para operadores de bicicletas sin anclaje y monopatines eléctricos

Desde su llegada a la Ciudad de México en febrero de 2018,1 los sistemas privados de bicicletas compartidas sin anclaje y monopatines eléctricos han resultado ser una opción complementaria para quienes diariamente se transportan en la capital del país.

El primer registro de un marco legal de operación, fue el 18 de febrero de 2018, cuando la Delegación Miguel Hidalgo (hoy Alcaldía), informó sobre el inicio de operaciones del sistema de bicicletas sin anclaje Mobike mismo que no fue considerado como un sistema de transporte para fines de movilidad, sino que su estado administrativo era similar al del comercio ambulante.

Sin embargo, la falta de regulación de estos sistemas ha provocado que los usuarios u operadores de bicicletas y monopatines las estacionen prácticamente en cualquier sitio, obstaculizando los espacios peatonales. Con la intención de atender esta situación, en marzo de 2018 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Aviso para la operación “Piloto”  del  Sistema de  Transporte  Público  Individual  en  Bicicleta  Sin Anclaje  y en  octubre  del  mismo  año   para Monopatín Eléctrico.

El objetivo de estas operaciones Piloto era recabar información para evaluar el funcionamiento de estos servicios y diseñar sus lineamientos. Sin embargo, la anterior administración no publicó los lineamientos, y siguió otorgando autorizaciones que no favorecían la obtención de información útil, que no fomentaban la competencia libre e igualitaria, ni solucionaban el problema de obstaculización de los espacios peatonales.

El 14 de marzo y el 17 de octubre de 2018 se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México autorizaciones para dos sistemas de bicicletas sin anclaje y uno de monopatines, respectivamente. Estas autorizaciones se renovaron de forma periódica hasta octubre. Cabe mencionar que hubo empresas que sí cumplieron en tiempo y forma con la entrega de sus documentos; sin embargo, no se les otorgó permiso por motivos que a la fecha esta Secretaría desconoce.

Las Autorizaciones otorgadas por la anterior administración no establecieron mecanismos claros ni específicos de operación, regulación y obtención de datos. Particularmente, fueron las propias empresas quienes decidieron la metodología de los reportes mensuales de operación que entregaron a la Secretaría de Movilidad entre los meses de junio y septiembre de 2018. La administración anterior recibió esta información, pero no la utilizó para hacer ningún análisis que pudiera servir para el diseño de los lineamientos.

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Nueva administración

El pasado 6 de febrero la SEMOVI entregó a los operadores de estos sistemas permisos temporales de 45 días para su funcionamiento en la ciudad, lo que permitirá recabar información confiable de su operación para contribuir a los lineamientos finales de regulación de estas opciones de movilidad sustentable, mismos que estarán listos en marzo de este año.

Las principales diferencias 2 entre las autorizaciones anteriores y los permisos temporales otorgados por esta administración son:

1.Todas las empresas operarán en un polígono unificado. Es decir, se establecerá un área de operación única para todas las empresas, a diferencia de las autorizaciones anteriores, donde cada empresa operaba en un polígono exclusivo. Esta área de operación permitirá a los usuarios elegir libremente qué aplicación utilizar y fomentará la competencia entre operadores.

2.Límite de unidades. Los operadores de bicicletas sin anclaje podrán tener como máximo 1,100 unidades en calle, mientras que los permisionarios de patines eléctricos podrán tener hasta 500 de estos vehículos; el incumplir con este límite, revocará el permiso temporal

3.Transparencia de datos. Los permisionarios deberán entregar a la SEMOVI la siguiente información durante los primeros cinco días naturales del permiso temporal:

-Cantidad de Unidades en circulación

-Ubicación en tiempo real de las unidades

-Flujos de viaje de las unidades

Asimismo, deberán entregar en un plazo máximo de 10 días naturales:

– Datos de contacto de la persona encargada de la atención al cliente en lo relativo a incidencias y hechos de tránsito

-Póliza de seguro completa en donde se indique de forma clara y legible la vigencia y cobertura.

-Padrón de unidades de servicio que incluya identificador alfanumérico de cada una de las unidades de servicio, así como el modelo de cada bicicleta.

-Padrón de unidades de operación que incluya marca, modelo, año, tipo de motor, capacidad de carga y placas.

-Padrón de remolques, indicando sus características, placas y vehículos autorizados para arrastre de remolques.

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-Padrón de vehículos no motorizados, incluyendo marca, modelo y número identificador.

4. La SEMOVI establecerá los mecanismos para dar condiciones igualitarias a las empresas acreedoras del permiso
temporal para la operación de sistemas de transporte individual sustentable. En particular, la creación de un
polígono unificado permitirá eliminar las ventajas competitivas que ciertas empresas tenían sobre otras al operar
en zonas con mayor número de usuarios o de mayor poder adquisitivo.

5. Todos los operadores deberán proveer información estadística a la SEMOVI para su análisis técnico y
mejoramiento de la operación de los sistemas y serán monitoreados de manera remota y con inspecciones en
campo con personal de la SEMOVI.3

6. La SEMOVI establece los espacios donde no está permitido estacionar unidades: aceras y cruces peatonales;carriles de circulación vehicular; salidas de emergencia e hidrantes; zonas de concentración o delimitadas porprotocolos de protección civil; acceso a estaciones de transporte público masivo y semimasivo; paradas de
Transporte Público colectivo; áreas de carga y descarga; estacionamiento para personas con discapacidad; rampas
de acceso a predios; ciclo-estaciones de ECOBICI; en obstrucción de mobiliario urbano y dispositivos de control de
tránsito; cajones del programa de ordenamiento del estacionamiento en la vía pública, incluyendo cajones para
motocicleta; áreas de Valor Ambiental y Cultural; áreas naturales; zonas Federales.

La siguiente imagen ejemplifica algunas de las restricciones mencionadas. En color rojo se muestran las áreas donde está prohibido estacionar unidades:

Finalmente, los permisos temporales regularizarán la operación de las empresas de bicicletas sin anclaje y monopatines eléctricos, ya que el último permiso que recibieron está vencido, lo que impide que la SEMOVI sancione, supervise o revoque los permisos.

Publicación de lineamientos en marzo del 2019

  1. Al terminar los 45 días de los nuevos permisos temporales, las empresas del ramo podrán seguir operando únicamente si participan en la convocatoria que la SEMOVI lanzará, solicitando una nueva propuesta técnica de acuerdo con el nuevo modelo de regulación.
  2. Se utilizará la información estadística obtenida durante la operación con permiso temporal como uno de los criterios base en la planeación estratégica de la operación de estos
  3. La SEMOVI está desarrollando un modelo de regulación en un área de operación unificada con la finalidad de promover la competencia equitativa entre estas distintas opciones de movilidad, en beneficio de la Ciudad de México.
  4. Se solicitará La SEMOVI está desarrollando distintos esquemas de estacionamiento para los sistemas, además de imágenes sencillas, que faciliten la comprensión de las reglas y operación del nuevo sistema de
  5. Se determinarán tiempos límite para el retiro de unidades que se encuentren en lugares prohibidos, fuera de los espacios de estacionamiento designados y fuera del área de operación.
  6. Se establecerá límite de velocidad para las unidades eléctricas. Dicha propuesta se incluirá dentro del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
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Entrega de permisos

Con fecha 7 de febrero de 2019, se han entregado permisos temporales a las siguientes operadoras:

Operadores de Bicicletas Sin Anclaje

«MOBIKE” Mobike México, Sociedad Anónima de Capital Variable

“VBIKE” Bike Share México, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable “DEZBA” Bicieléctricas, Sociedad Anónima Promotora De Inversión De Capital Variable «MOTUM” Motum, Sociedad Anónima Promotora De Inversión De Capital Variable

Operadores de Monopatines Eléctricos

«GRIN” Grin Scooters, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable «BIRD” Bird Rides México, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable “LIME” Lime Network, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable “MOTUM” Motum, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable “ECONDUCE” Econduce, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable “MOVO” Colmena Mob, Sociedad Anónima de Capital Variable.

 

Fuente: https://www.semovi.cdmx.gob.mx/

1 El primer sistema de bicicletas sin anclaje inició operaciones en la Ciudad de México el 18 de febrero de 2018, cuando la Delegación Miguel permitió el inicio de operaciones del sistema de bicicletas sin anclaje Mobike, mismo que no fue considerado como un sistema de transporte, sino como mobiliario urbano, por lo que su marco legal era similar al de comercio ambulante.
2 Puedes consultar una tabla comparativa exhaustiva en la página de SEMOVI.
3 Puedes consultar la información estadística que se solicitará a las empresas en la página de SEMOVI.

 

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