La Plusvalía y el Secuestro Express de nuestra CDMX

Se ha generado un gran debate en torno al tema de la plusvalía, motivado por la incorporación del término en la Ley de Vivienda (art 94), así como en el borrador del proyecto de Constitución de la CDMX.

Dolores Franco > @citymanager_

El grado de debate fue tal, que incluso personajes de todos los ámbitos se pronunciaron de manera contundente en contra del mismo, argumentando que se atentaba contra la propiedad privada. La discusión fue alimentada por una campaña mediática basada en la desinformación donde, las voces de los técnicos no se escucharon con la misma fuerza.

La participación en plusvalía es un instrumento que se utiliza en diversas ciudades a nivel mundial (Estados Unidos, India, España, Colombia, Chile, etc.) para financiar la inversión de infraestructura y equipamiento urbano.

Básicamente el instrumento reconoce que la plusvalía que se genera en las propiedades privadas, es el resultado de acciones externas, en las que el propietario no interviene–como son: la instalación de una ruta de metrobús, un parque de bolsillo, una ciclovía o un cambio de uso de suelo- que se consolidan por acciones de gobierno.

Lo anterior implica que el instrumento de participación por plusvalía contemple que una parte de la misma se reinvierta en la ciudad; preferentemente en zonas donde se requiere la instalación de infraestructura, servicios básicos, equipamientos, mitigación de impactos ambientales, construcción de vivienda de interés social y en algunos casos en el mejoramiento de asentamientos irregulares.

El concepto se basa en la necesidad de redistribuir las cargas y los beneficios que la urbanización genera; es decir, si mi predio se beneficia por una acción o inversión extraordinaria, es justo que parte de esa ganancia adicional se reinvierta en mejoras para el resto de la ciudad.

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Este esquema de financiamiento para las ciudades esta respaldado por la ONU y fue adoptado en la Declaratoria de Quito por 167 países –entre ellos México- en el marco de la Conferencia de Naciones Unidas Hábitat III (párrafos 131,132 y 137) en el mes de octubre de 2016.

Adicionalmente, dicho instrumento está previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art 122) y en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (Arts. 95 y 96) recientemente aprobada. De hecho otros estados de la República ya la han incorporado, tal es el caso de Querétaro y San Luis Potosí.

De aquí que resulte irrisorio que su incorporación en la CDMX esté sujeta al escrutinio público bajo una atmósfera de desinformación total. Sobretodo si consideramos que la Ciudad siempre ha estado a la vanguardia en materia de políticas públicas con respecto al resto del país. Pareciera entonces que la CDMX está siendo secuestrada por sus legisladores, políticos, medios de comunicación y sectores con privilegios, que están imponiendo su agenda e intereses económicos en detrimento del beneficio de la ciudad y de la mayoría de sus habitantes.

En este escenario nos corresponde liberar nuestra ciudad imponiendo el bien común, por encima de los intereses de unos cuantos. Para ello se requiere participar del debate informado, presionar para que se generen las soluciones técnicas y financieras que la ciudad necesita para garantizar su viabilidad en el corto plazo e impulsar la redistribución de recursos en toda la ciudad, con reglas claras bajo criterios que incorporen principios de transparencia y rendición de cuentas, para mejorar la calidad de vida de todos y todas.

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