Derecho a la Ciudad

El Derecho a la Ciudad es el derecho de todos los habitantes a habitar, utilizar, ocupar, producir, transformar, gobernar y disfrutar ciudades, pueblos y asentamientos urbanos justos, inclusivos, seguros, sostenibles y democráticos, definidos como bienes comunes para una vida digna.

Componentes del derecho a la ciudad:

1.- Una ciudad/asentamiento humano libre de discriminación por motivos de género, edad, estado de salud, ingresos, nacionalidad, origen étnico, condición migratoria u orientación política, religiosa o sexual.

Que abarque las minorías y la diversidad étnica, racial, sexual y cultural, que respete, proteja y promueva todas las costumbres, recuerdos, identidades, idiomas y expresiones artísticas y culturales no discriminatorias de sus habitantes.

2.- Una ciudad/asentamiento humano de igualdad de género, que adopte todas las medidas necesarias para combatir la discriminación contra las mujeres y las niñas en todas sus formas.

Y que tome todas las medidas apropiadas para asegurar el pleno desarrollo de las mujeres y las niñas, garantizarles la igualdad en el ejercicio y la realización de los derechos humanos, y una vida libre de violencia.

3.- Una ciudad/asentamiento humano de ciudadanía inclusiva en el que todos los habitantes (permanentes o temporales) sean considerados ciudadanos y se les trate con igualdad.

Por ejemplo, las mujeres, las personas que viven en la pobreza o en situaciones de riesgo ambiental, los trabajadores de la economía informal, los grupos étnicos y religiosos, las personas LGBT, las personas con discapacidad, los niños, los jóvenes, los ancianos, los migrantes, los refugiados, los habitantes de la calle, las víctimas de la violencia y los pueblos indígenas.

4.-Una ciudad/asentamiento humano con una mayor participación política en el definición, ejecución, seguimiento y formulación de presupuestos de las políticas urbanas y la ordenación del territorio con el fin de reforzar la transparencia, la eficacia y la inclusión de la diversidad de los habitantes y de sus organizaciones.

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El Derecho a la Ciudad implica responsabilidades en todos los ámbitos de gobierno y ciudadanos para ejercer, reclamar, defender y promover la gobernanza equitativa y la función social de todos los asentamientos humanos dentro de un hábitat de derechos humanos.

5.- Una ciudad/asentamiento humano que cumpla sus funciones sociales, es decir, que garantice el acceso equitativo y asequible de todos a la vivienda, los bienes, los servicios y las oportunidades urbanas, en particular para las mujeres, los grupos marginados y las personas con necesidades especiales.

Y que dé prioridad al interés público y social definido colectivamente, garantice un uso justo y ambientalmente equilibrado de los espacios urbanos y rurales, y reconozca y apoye la producción social del hábitat humano.

6.- Una ciudad/asentamiento humano con espacios y servicios públicos de calidad que mejoren las interacciones sociales y la participación política, promuevan las expresiones socioculturales, abracen la diversidad y fomenten la cohesión social.

En el que los espacios y servicios públicos contribuyan a construir ciudades más seguras (especialmente para mujeres y niñas) y a satisfacer las necesidades de sus habitantes (especialmente las relacionadas con los medios de subsistencia).

7.- Una ciudad/asentamiento humano con economías diversas e inclusivas que salvaguarde y asegure el acceso a medios de vida seguros y trabajo decente para todos sus residentes.

Por ejemplo, economía social y solidaria, economía compartida, reconozca el cuidado doméstico y el trabajo comunitario desarrollado en gran medida por las mujeres, y garantice el pleno desarrollo de las mujeres y las niñas.

8.- Una ciudad/asentamiento humano sostenible con vínculos urbanorurales inclusivos que beneficie a las personas empobrecidas, tanto en zonas rurales como urbanas, y asegure la soberanía alimentaria.

Una ciudad que proteja la biodiversidad, los hábitats naturales y los ecosistemas de su entorno.

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Descarga la Agenda del Derecho a la Ciudad:

https://www.right2city.org/wp-content/uploads/2019/09/A6.1_Agenda-del-derecho-a-la-ciudad.pdf

 

 

Fuente: ONU Habitat

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